Impuestos sobre la renta y el patrimonio (III)
Hola a todos, en este tercer vídeo de Patrimonia, seguiremos tratando el impuesto sobre patrimonio y cómo intentar entender la limitación que genera el propio impuesto respecto de las ganancias que obtiene la persona física.
Tal y como comentábamos en vídeos anteriores, el impuesto sobre patrimonio establece que el límite máximo de pago de este impuesto no podrá acceder junto con lo que pagamos de impuesto de la renta de las personas físicas al 60 % de lo que una persona gana durante el ejercicio, dicho en otras palabras y muy simples, una persona física que trabaja y obtiene un salario ha de tributar por su salario además si esta persona física tiene unos ahorros determinados y esos ahorros no le han generado ninguna rentabilidad va a tener que destinar parte del dinero que ha ganado del salario para poder pagar el impuesto sobre patrimonio y no ver reducido su ahorro, la total cantidad que esta persona física va a pagar de impuestos durante todo el año, es decir, pago de impuestos sobre el salario más pago de impuesto sobre patrimonio por el patrimonio que tiene no podrá exceder del 60 % del salario que ha ganado, o dicho en otras palabras, al final de toda esta historia y como máximo, la persona física tendrá derecho a quedarse para poder disfrutar de él solo el 40 % del salario. Hablamos de situaciones máximas llevadas al extremo en casos de patrimonio ciertamente importantes.
Un adecuado diseño del salario de los rendimientos y de los ingresos de la persona física nos podrían permitir optimizar esa fiscalidad del impuesto de patrimonio aplicando correctamente lo que denominamos el límite conjunto renta patrimonio y así reducir el impacto de este impuesto bastante injusto sobre el patrimonio de las personas físicas.
Puedes ver el vídeo anterior en el que Albert Sagués explica qué es el impuesto sobre la renta y el patrimonio aquí.
Albert Sagués es Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales. Desde 1990 es profesor asociado del Departamento de Economía y Empresa de la Universidad Pompeu Fabra, así como profesor del Máster en Fiscalidad de la BSM- Universidad Pompeu Fabra.
Escribir comentario