Reformas en el IRPF de 2020 en Cataluña | Patrimonia

Reformas en el IRPF de 2020 en Cataluña

En los últimos meses se han producido dos reformas en relación con la declaración del IRPF del ejercicio de 2020 para los contribuyentes residentes en Cataluña.  

Las Comunidades Autónomas (CCAA) de régimen común tienen restringidas las competencias normativas en materia de IRP, y solo pueden modificar:  

  • El mínimo personal y familiar 
  • El 50% de la escala general  
  • Las deducciones 

Tres modificaciones tributarias en Cataluña

Cataluña ya había ejercido su competencia en dos de las anteriores áreas. No obstante, con efectos para la declaración de 2020, se han aprobado tres modificaciones tributarias a través de la Ley 5/2020 y el Decreto Ley 36/2020 de la Generalitat de Cataluña.  

En primer lugar, se eleva el mínimo del contribuyente, antes en 5.550 euros, a 6.105 euros, si la bas liquidable general más la del ahorro no alcanza los 12.450 euros.  

En segundo lugar, se añade un tramo más en la escala general, para aquellas rentas con una base liquidable general entre 90.000 y 120.000 euros, incrementando en este caso la progresividad del impuesto.  

En tercer y último lugar, para aquellos trabajadores obligados a declarar por obtener sus rendimientos del trabajo de más de un pagador (por ejemplo, por un ERTE) y, por tanto, reducirse el límite para la obligación de declaración de 22.000 a 14.000 euros, se articula una nueva deducción en la cuota íntegra. Dicha deducción, será la diferencia entre la cuota íntegra autonómica menos la estatal, siempre que esta sea positiva.  

La deducción tiene su razón de ser a consecuencia del decalaje existente en aquellos contribuyentes con rentas hasta 12.450 euros, en el que la escala de los rendimientos del trabajo parte de un 19% y el tipo marginal de tributación mínimo en Cataluña es un 21,5%. Es para paliar este decalaje que se aprueba la indicada deducción.  

Estas son las medidas aprobadas hasta la fecha por la Generalitat de Cataluña que afectan a la renta del 2020 a presentar en 2021. Estaremos pendientes a posibles nuevas modificaciones en el IRPF que os trasladaremos en este videoblog.  

Carmen Jover

Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Barcelona (UB). Máster en Especialización Tributaria realizado en el Col·legi d’Economistes de Catalunya. Profesora de Máster y Postgrado en Asesoramiento Financiero en Barcelona School of Management (BSM), de la Universitat Pompeu Fabra (UPF). Además, es directora del Máster en Especialización Tributaria del Col·legi d’Economistes de Catalunya. Actualmente comparte su actividad docente en diferentes universidades con la de ser vocal en la Comisión Fiscal del Col·legi d’Economistes de Catalunya y en el Consejo Directivo del REAF-REGAF, del Colegio Superior de Economistas de España. También forma parte del Consejo Asesor de esta misma institución. Formadora de Inspectores de Hacienda de la Agencia Tributaria Catalana. Imparte cursos y conferencias sobre Fiscalidad en Colegios de Economistas de España y en el Col·legi d’Advocats de Sabadell, las Cámaras de Comercio de Sabadell, Terrassa y Mataró entre otros. Colaboradora en la Colección Legislativa del “Quantor Fiscal”, en el área de impuestos locales. En 2002 establece su propio despacho de asesoría fiscal en Barcelona, especializándose tanto en empresas como en la gestión tributaria patrimonial familiar. Autora del video blog de Economía y Finanzas “Patrimonia”.

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